«Faber est suae quisque fortunae»

(Apio Claudio)

«Hinc tibi certandi bona parcendique uoluptas:

quos timuit superat, quos superauit amat»

(Rutilio Namaciano)

Mostrando entradas con la etiqueta Unión Europea. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Unión Europea. Mostrar todas las entradas

martes, 28 de junio de 2016

Brexit: pain in our minds and souls… and in our pockets

Los británicos, si es que se puede reducir a un denominador común a los ciudadanos de una forma de organización política con pasado colonial y con diversas regiones bien diferenciadas que la componen, son como esos primos que vemos un par de veces al año, algo extraños, huraños a veces, pero que no dudamos que son parte de la familia.

Ha pasado tiempo suficiente como para haber asimilado el resultado del referéndum del 23 de junio, pero una fuerza en nuestro interior se resiste a creer que el Reino Unido vaya a emprender una carrera en solitario, separado de los restantes 27 Estados integrantes de la Unión Europea, con muchos de los cuales ha mantenido una relación histórica mucho más que centenaria.

Históricamente, la isla comenzó a converger con Europa, al margen de otros contactos más esporádicos, con Julio César. El emperador que disfrutó en mayor grado del esplendor romano, Hadriano, mandó construir el muro que lleva su nombre para separar la parte de la isla bajo control romano de los irreductibles habitantes del norte (todavía se discute si el propósito del Muro de Hadriano era defensivo o de control del tránsito de mercancías). 

Los sucesores de los «bárbaros del norte», los escoceses, son, entre otros, los que demandan que no se alcen barreras y que su región continúe formando parte de la Unión Europea. Ya no sabemos si la barbarie está al norte del Muro o al sur.

En el fondo, y quizás no tan en el fondo, en la decisión mayoritaria hay un profundo desprecio hacia Europa y hacia los europeos. Aun así, creo que muchos estaríamos dispuestos a perdonar esa soberbia, con tal de subsanar un error histórico como el que se acaba de cometer. 

Es posible que los tercermundistas acontecimientos recientemente vividos en Calais hayan terminado de desinformar a una población que, a pesar de la cercanía con el continente y de los medios tecnológicos, no está lo suficientemente instruida como para entender la complejidad del continente y del entorno circundante, y la del planeta en general. Como ocurrió en los días previos al 6 de junio de 1944, esta vez desde la otra parte del Paso, es evidente que Calais es una pista falsa, y que los peligros acechan, efectivamente, pero por otros lugares.

No vamos ahora a detenernos ni en la torpeza del premier Cameron, ni en el valor político y jurídico de los referéndums en el siglo XXI (valga, según el diccionario de la RAE, el significado del gerundio del verbo «referre»: «lo que ha de ser consultado»), ni en la conveniencia de alcanzar determinados quorum y mayorías cualificadas, ni en la necesidad de ponderar en Estados complejos —si aplicamos la terminología de nuestro Tribunal Constitucional— la opinión de «partes singulares» del territorio, como pueden ser ciertas regiones con características históricas bien definidas (Irlanda del Norte y Escocia), o de ciudades con gran potencial económico (Londres).  

El Presidente del Consejo, Donald Tusk, ha reconocido la seriedad e incluso el carácter dramático de los acontecimientos, así como que el momento es histórico pero no admite reacciones histéricas («Press statement by President Donald Tusk on the outcome of the referendum in the UK», 24 June 2016). 

Ciertamente, como ha escrito Manuel Conthe en su blog («Brexit: ¡EEE! Tampoco exageremos», 24 de junio de 2016), el Reino Unido no es miembro del euro, ni de Schengen, ni asume el principio de alcanzar «una relación cada vez más estrecha», lo que no es óbice para que resulte inconcebible que el Reino Unido deje de ser parte del Mercado Único, pues ese resultado no interesaría a nadie.

George Soros («El Brexit y el futuro de Europa», Project Syndicate, 25 de junio de 2016), que traza un panorama más sombrío y apocalíptico («la desintegración de la UE es prácticamente irreversible»), considera, en la línea mostrada anteriormente, que Gran Bretaña tenía con la Unión Europea el mejor de los arreglos posibles: «era miembro del mercado común sin pertenecer al euro y había conseguido otras exenciones a las reglas de la UE»). Más allá de la economía, Soros se adentra, y compartimos su análisis, en el territorio de la política y de la seguridad y la defensa, cuando concluye que Turquía y Rusia están sacando provecho de la discordia.

Soros tiene razón: Europa se ha escrito durante los últimos 40 años para tratar de contentar a los británicos, con resultados insatisfactorios para ellos y para el resto de los socios. Basta con leer el documento del Consejo Europeo «Un nuevo régimen para el Reino Unido en la Unión Europea. Extracto de las conclusiones del Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016» (DOUE de 23 de febrero de 2016). Estas conclusiones ya no regirán, pero dibujan lo que habría sido la UE de haber continuado el Reino Unido: una Europa de excepciones y exenciones, de baja intensidad, sometida a la soberanía nacional (y no al contrario), en la que la insuficiente unión política, económica, monetaria e incluso bancaria no sería óbice para la reversión del proceso de construcción europea o para la plena vigencia, contradictoriamente, de la libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales (pero no así de los derechos sociales y de la solidaridad entre territorios). 

Sin embargo, sin quemar puente alguno, el mensaje debe ser, dentro de lo posible, de firmeza y contundencia, pues, de lo contrario, este paso podría ser el primero de una serie que llevara a la disolución de la Unión (algo impensable, hace no más de unos días). La seriedad y dramatismo a los que ha apelado Donald Tusk no permiten que el pleno beneficio de los privilegios inherentes a la condición de socio sea graduable, en cuanto a las contrapartidas, deberes y cargas, a voluntad de cada Estado miembro. No cabe apelar a la célebre teoría marxista (de Groucho): «Estos son mis principios; si no le gustan tengo otros». 

Una Unión Europea sin el Reino Unido es, sin duda, más débil, pero más débil sería todavía si el número de los descontentos supusiera una mella mayor. Los retos de toda índole son enormes, y cuantos más sean los Estados sostenedores de la cultura europea, con sus valores y principios, más resistente será esta. 

La marcha atrás ha comenzado para la efectividad de un artículo del Tratado de la Unión Europea, el 50, que de la retórica pasará al ámbito de la realidad: «Todo Estado miembro podrá decidir, de conformidad con sus normas constitucionales, retirarse de la Unión». 

Ojalá nos equivoquemos, pero hay veces en las que ejercer la libertad termina conduciendo a la esclavitud.

lunes, 24 de agosto de 2015

Una “pequeña” multa de 19 millones de euros impuesta por la UE al Reino de España


Con la llegada de las vacaciones de verano, de cuyo sopor, afortunadamente, ya empezamos a salir, apenas se ha comentado la Decisión (UE) 2015/1289, del Consejo, de 13 de julio de 2015, por la que se impone una multa a España debido a la manipulación de los datos de déficit en la Comunidad Valenciana (DOUE de 28 de julio de 2015).

Esta Comunidad carece de subjetividad jurídica internacional, por lo que la sanción se impone, como es natural, al Estado español, sin perjuicio de que, conforme al Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, el importe de la sanción se pueda repercutir, internamente, al responsable último de la misma (pero qué más da, pues algún paisano, ajeno a las conductas dolosas o negligentes de la Administración Pública infractora, tendrá que sacudir el bolsillo para, mancomunadamente con otros, poner sobre la mesa los 19 millones de euros).

La Decisión ocupa poco más de dos páginas del DOUE, pero merece nuestra atención.

El 11 de julio de 2014 la Comisión abrió una investigación que ha conducido a la Decisión del Consejo en justo 12 meses, lo que, en función de los plazos a los que estamos habituados, no está nada mal, y eso que hay un Estado de por medio, nada de simples particulares o empresas. 

En febrero de 2015 se dio audiencia a España, que emitió sus alegaciones dentro de plazo. La Comisión adoptó su informe en mayo de 2015, teniendo en cuenta las alegaciones de España.

La norma clave infringida es el Reglamento (UE) 1173/2011, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, sobre la ejecución efectiva de la supervisión presupuestaria en la zona de euro (se trata de una de las disposiciones que conforman el conocido como “six pack”). A su vez, este Reglamento se desarrolla por la Decisión Delegada 2012/678/UE, de la Comisión, de 29 de junio de 2012, relativa a las investigaciones y las multas relacionadas con la manipulación de las estadísticas.

La expresa mención a “manipulación” en este marco normativo ya comienza a ponernos en guardia, dada la comisión de la presunta conducta, nada menos, que por una Administración Pública española.

De la Decisión resulta lo siguiente:

Según el TFUE, los Estados miembros no pueden incurrir en déficits públicos excesivos, razón por la cual los datos de déficit público y de deuda pública constituyen un elemento esencial para la coordinación de la políticas económicas en la UE. Precisamente, fue en 2011, año de la revisión del marco jurídico europeo, cuando se reformó el artículo 135 de nuestra Constitución, en pleno mes de agosto, para salvaguardar la estabilidad presupuestaria, la sostenibilidad de las finanzas públicas y tranquilizar a los tenedores de deuda pública española.

Según el Considerando 2 de la Decisión, en general, para evitar la tergiversación intencional o debida a negligencia grave de los datos sobre la deuda y el déficit públicos, el Consejo, sobre la base de la recomendación emitida por la Comisión, puede imponer una multa al Estado miembro responsable. 

Es decir, llegados a este punto, comenzando la historia por el final, ya sabemos que la Comunidad Autónoma Valenciana bien actuó con “intención de manipular”, bien con “negligencia grave”. Si lo primero nos parece aberrante, lo segundo se nos figura como inaceptable en tiempos de estrechez. También es cierto, y no se puede desconocer, que en muchas ocasiones existen dudas interpretativas razonables, por lo que deslizarse en el terreno de la “ilegalidad” puede ser una cuestión de matiz o hasta de mala suerte. En cualquier caso, no creemos que el Consejo, como órgano eminentemente político que es, actúe como estricto cancerbero y guardián del acervo comunitario, aunque, para salvar este elemento, la Comisión se debe pronunciar con carácter previo. En suma, deberíamos tener, y no lo tenemos, un conocimiento mucho más profundo del asunto para poder manifestarnos a estos efectos.

Como vimos anteriormente, la Comisión emitió su informe el 7 de mayo de 2015. La Comisión concluye que la Intervención General de la Comunidad Valenciana incurrió en “negligencia grave” por la ausencia de registro de gastos sanitarios y el incumplimiento del principio de devengo en las cuentas nacionales, lo que causó una notificación incorrecta de los datos de déficit público de España a la Comisión en marzo de 2012 (es decir, antes del rescate del sistema financiero, que acaeció en julio de 2012). “Es apropiado concluir que se produjo una tergiversación de los datos de déficit debido a una negligencia grave cuando España transmitió cifras incorrectas a Eurostat en marzo de 2012”, zanja la Comisión.

Ya que la tergiversación no tuvo un impacto significativo en el funcionamiento de la gobernanza económica reforzada de la UE y las cifras correctas se notificaron poco después, lo que permitió revisar los datos dentro del mismo 2012, la cuantía de la multa, según la Comisión, se puede reducir (Considerando 8 de la Decisión). Además, merced a que las autoridades españolas han mostrado “un alto grado de cooperación en el transcurso de la investigación” (Considerando 12) (no podíamos esperar menos…), esta circunstancia también aconseja una sanción atenuada.

Todo esto conduce a la imposición de una multa a España de “solo” 18,93 millones de euros.

Desconocemos la suerte que han corrido los funcionarios, o las personas ligadas con la Administración Pública responsable por cualquier otro vínculo, que han cometido la negligencia grave que ha dado lugar a la imposición de esta millonaria sanción.  

Sí tenemos, en cambio, tres certezas: primero, que la UE actúa dentro de sus estrechos, pero crecientes, márgenes de actuación, por lo que nada hay que reprocharle; segundo, que las cosas sólo parecen ocurrir en nuestro país cuando Europa toma cartas en los asuntos; y tercero, que ciudadanos anónimos, que seguramente ni siquiera conozcan la existencia de esta sanción, asumirán, en último término, su pago.