«Faber est suae quisque fortunae»

(Apio Claudio)

«Hinc tibi certandi bona parcendique uoluptas:

quos timuit superat, quos superauit amat»

(Rutilio Namaciano)

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sábado, 10 de diciembre de 2016

Federalist No. 11, by Alexander Hamilton (The Utility of the Union in Respect to Commercial Relations and a Navy)

“There are other points of view in which this subject might be placed, of a striking and animating kind. But they would lead us too far into the regions of futurity, and would involve topics not proper for a newspaper discussion. I shall briefly observe, that our situation invites and our interests prompt us to aim at an ascendant in the system of American affairs. The world may politically, as well as geographically, be divided into four parts, each having a distinct set of interests. Unhappily for the other three, Europe, by her arms and by her negotiations, by force and by fraud, has, in different degrees, extended her dominion over them all. Africa, Asia, and America, have successively felt her domination. The superiority she has long maintained has tempted her to plume herself as the Mistress of the World, and to consider the rest of mankind as created for her benefit. Men admired as profound philosophers have, in direct terms, attributed to her inhabitants a physical superiority, and have gravely asserted that all animals, and with them the human species, degenerate in America; that even dogs cease to bark after having breathed awhile in our atmosphere. Facts have too long supported these arrogant pretensions of the Europeans. It belongs to us to vindicate the honor of the human race, and to teach that assuming brother, moderation. Union will enable us to do it. Disunion will will add another victim to his triumphs. Let Americans disdain to be the instruments of European greatness! Let the thirteen States, bound together in a strict and indissoluble Union, concur in erecting one great American system, superior to the control of all transatlantic force or influence, and able to dictate the terms of the connection between the old and the new world!”.

miércoles, 27 de mayo de 2015

El Tribunal Constitucional, las innovaciones y el mercado hipotecario (STC 14-5-2015)

El Tribunal Constitucional se ha pronunciado por medio de la sentencia de 14 de mayo de 2015 sobre el andaluz Decreto-Ley 6/2013, de 9 de abril, de medidas para asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda (posteriormente tramitado como Ley 4/2013, de 1 de octubre, de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda, también impugnada y suspendida cautelarmente hasta que se pronuncie nuevamente el Constitucional).

No es la primera vez que en estos años el Tribunal Constitucional trata sobre el excepcional marco jurídico con el que se ha pretendido atajar la crisis. Sus resoluciones, por lo general, suelen ser ponderadas, pues sus razonamientos se sitúan entre dos aguas: la protección del deudor hipotecario, de un lado, y la preservación de la estabilidad del mercado hipotecario y del sistema financiero, de otro. Para unos, esta posición es insuficiente, para otros, la que corresponde. 

Las funciones del Constitucional son las que son, y lo que no se puede aguardar son decisiones especialmente innovadoras ni rupturistas. Más nos preocuparía, por sus desasgradables implicaciones de fondo, esto que lo contrario. De todas formas, la posición del Constitucional, como órgano colegiado que es, no es monolítica, y, por ejemplo, en la sentencia de 14 de mayo de 2015, de sus 11 magistrados cuatro han formulado o se han adherido a votos particulares.

El momento es delicado, pues las célebres «turbulencias financieras» son ya «turbulencias políticas», por razones estructurales de toda laya, latentes desde hace décadas. Para un historiador como Niall Ferguson, las principales amenazas para Occidente son la revolución y la guerra («La gran degeneración. Cómo decaen las instituciones y mueren las economías», 2013). Las instituciones deben evolucionar, el cambio debe ser tranquilo para su regeneración.

La coordinación entre la Unión Europea y los Estados miembros, entre sus instituciones judiciales y su Derecho, que cada vez es más común, es una tarea que debería exigir la máxima atención, para dar la debida respuesta a los ciudadanos pero también al mercado interior y a las empresas. 

Dicho lo anterior, destacamos algunos pasajes relevantes de la sentencia del Tribunal Constitucional de 14 de mayo de 2015, que marcará las pautas, al menos a medio plazo, de la institución y su visión del mercado hipotecario y del sistema financiero:

Sobre el contenido esencial del derecho de propiedad y su necesaria regulación por ley formal:

«Por todo lo razonado, debemos concluir que el art. 1.3 concurre a establecer el régimen general del derecho de propiedad de la vivienda y dentro de él uno de sus elementos esenciales, lo que, por implicar “afectación” del mismo en el sentido que a este concepto le atribuye la doctrina constitucional, está vedado a esta modalidad de disposición con fuerza de ley. Esta conclusión no significa que la configuración constitucional del derecho de propiedad impida al legislador restringir de ese modo la amplitud de las facultades de uso y disposición del propietario de vivienda, análisis que no procede desarrollar en este momento, sino que el precepto impugnado disciplina un espacio normativo vedado al decreto-ley y reservado a la ley formal, por lo que es inconstitucional y nulo por contravenir uno de los límites materiales del decreto-ley, que deriva del principio democrático que el apartados 1 del art. 1 CE impone a todas las instituciones del Estado en su conjunto y se refleja en el art. 86.1 CE como requerimiento mínimo, por lo que el precepto autonómico establece un contenido del derecho de propiedad de la vivienda que lo afecta, en el sentido del art. 86.1 CE, y por tanto entra a regular un ámbito excluido del decreto-ley y pretende delimitar un contenido esencial para lo que ningún legislador es competente».

Sobre la inexistencia de impacto de la regulación impugnada en la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (SAREB):

«En cuanto al primero de ellos podemos desestimar desde un principio el motivo impugnatorio, pues el art. 25, interpretado en el sentido ya indicado, se limita a definir el concepto de vivienda deshabitada a partir del dato fáctico de su no ocupación efectiva y este concepto no es más que un instrumento de la política autonómica de fomento de la vivienda en alquiler que no puede producir el resultado de disminuir el valor de la cartera de inmuebles de la SAREB en que se basa la alegación del Abogado del Estado, pues, al ser la participación en tales actuaciones de fomento del alquiler meramente voluntaria, la declaración de vivienda deshabitada regulada en el art. 25 no conlleva, ni directa ni indirectamente, imposición de multa alguna o sujeción a obligaciones de otro tipo, ni puede sostenerse tampoco que dificulte la venta de estos inmuebles que exige el objetivo de desinversión en las mejores condiciones posibles que tiene señalado la SAREB».

Sobre la competencia exclusiva del Estado sobre el sector financiero:

«Sobre el alcance de la competencia exclusiva estatal ex art. 149.1.13 CE cuando se trata del sector financiero la STC 235/1999, de 20 de diciembre, afirma que “habida cuenta de la relevancia que presenta el sistema financiero para el funcionamiento de la economía en su conjunto, la presencia de una regla competencial específica, como es, en lo que ahora exclusivamente interesa, la relativa a la ordenación del crédito y la banca, no puede significar el completo desplazamiento de la regla competencial atinente a la planificación general de la actividad económica. Al respecto, este Tribunal ha declarado en repetidas ocasiones que dentro de la competencia de “ordenación general de la economía” tienen cabida “las normas estatales que fijan las líneas directrices y los criterios globales de ordenación de sectores económicos concretos, así como las previsiones de acciones o medidas singulares que sean necesarias para alcanzar los fines propuestos dentro de la ordenación de cada sector” (FJ 2)».

Sobre los Decretos De Guindos y el Memorando de Entendimiento:

«A la luz de esta doctrina, constatamos, por un lado, que la situación de los balances de los bancos y la dificultad de acceso al crédito por empresas y consumidores han determinado que el Gobierno, en los últimos años, haya priorizado la reorganización y recapitalización del sector financiero como línea esencial de su política económica. Este objetivo general ha sido perseguido por el Gobierno mediante varias acciones singulares relacionadas directamente con las entidades de crédito, como, en lo que hace a los mercados hipotecarios, aumentar muy notablemente las exigencias de cobertura para las exposiciones bancarias al segmento de negocio que gira en torno a los préstamos a la compra de vivienda garantizados con hipoteca sobre la misma (Reales Decretos leyes 2/2012 y 18/2012) o firmar con la Unión Europea un Memorando de Entendimiento el 20 de julio de 2012 por el que el sistema financiero español recibía asistencia financiera externa para reforzar la solvencia de las entidades con déficit de capital, debilitada por la generalizada pérdida de valor de las garantías hipotecarias obrantes en sus activos».

Sobre la suspensión de los lanzamientos en los procesos de ejecución hipotecaria (Ley 1/2013) y el Fondo Social de Viviendas (RDL 27/2012):

«En conclusión, el Estado define con esta doble medida la extensión de la intervención pública de protección de personas en situación de vulnerabilidad que considera compatible con el adecuado funcionamiento del mercado hipotecario y, a la vez, para evitar que el equilibrio que juzga oportuno se quiebre, impide que las Comunidades Autónomas en ejercicio de sus competencias propias adopten disposiciones que, con este mismo propósito de tutela, afecten de un modo más intenso a dicho mercado. En conclusión, las medidas estatales reseñadas, en tanto que determinan de un modo homogéneo para todo el Estado los sacrificios que se imponen a los acreedores hipotecarios para aliviar la situación de sus deudores, concurren de un modo principal a regular el mercado hipotecario en su conjunto y, al tratarse este de un subsector decisivo dentro del sector financiero, inciden directa y significativamente sobre la actividad económica general».

Sobre la incompatibilidad de la regulación andaluza con la estatal:

«Ahora bien, la respuesta normativa autonómica no se reduce a adaptar la solución estatal de suspensión del lanzamiento “hasta transcurridos cuatro años desde la entrada en vigor de esta Ley” (art. 1 Ley estatal 1/2013, en la redacción que le da el Real Decreto-ley 1/2015), introduciendo simples modificaciones o correcciones en función del título competencial autonómico en materia de vivienda, sino que arbitra un mecanismo por completo incompatible, como es la expropiación del uso de la vivienda objeto del procedimiento de ejecución por un plazo máximo de tres años a contar desde la fecha del lanzamiento acordado por el órgano jurisdiccional competente. Este instrumento expropiatorio también difiere radicalmente del fondo social de viviendas que, para facilitar el acceso de personas desalojadas a contratos de arrendamiento con rentas asumibles, regula la disposición adicional primera de la ley estatal 1/2013».

Sobre la pertinencia de las medidas de fomento autonómicas:

«En tercer lugar, no puede obviarse que el legislador andaluz puede ejercer su competencia exclusiva en materia de vivienda (art. 56 EAAnd) de modos distintos al simple desarrollo de las bases estatales, como ocurre, dentro del mismo decreto-ley recurrido, con los instrumentos de fomento previstos en el Capítulo III del Título VI, que es una regulación que, utilizando técnicas distintas a las que utiliza el Estado y que en nada interfieren con el mercado hipotecario, se orienta a satisfacer el derecho de todos los ciudadanos a disfrutar de un vivienda digna».

lunes, 25 de mayo de 2015

Confusión de confusiones

La proliferación de las nuevas tecnologías y de las redes sociales, la consecuente ruptura del continuum espacio-tiempo y el libre acceso y posibilidad de consumo efectivo e inmediato, por primera vez en la Historia, de conocimiento, cultura e información, no han servido para aclarar las ideas del ciudadano contemporáneo.

Sólo así se explica, incomprensiblemente, que haya quien considere, de buena fe, que El manifiesto comunista fue obra de Groucho Marx, como me comentaba días atrás un desanimado profesor. Menos mal que la prudencia del alumno evitó sustituir a Engels por Chico o Harpo.

Dejando la anécdota a un lado, los diversos análisis de esta compleja realidad de los albores del siglo XXI suelen ser superficiales, de corta vigencia y desacertados, como acredita el recurso diario a la técnica del ensayo y el error. Un ejemplo cercano puede ser el de las nuevas ayudas públicas a Bankia, que inicialmente se cuantificaron desde el Ministerio de Economía y Competitividad en torno a los 7.000 millones de euros y han pasado a ser, cabalmente, de 19.000 millones de euros, aunque se ha asegurado por el nuevo presidente de la entidad que con eso, más los cuatro mil y pico millones recibidos anteriormente, habrá suficiente para poner en valor al banco: se aprecia que es buen gestor.

Tendemos a pensar que la confusión es privativa de nuestros días, pero es significativo que el primer libro sobre los mercados financieros, publicado en 1688 en Ámsterdam, en castellano, por un judío de origen portugués, José de la Vega, se titule «Confusión de confusiones». Más extraño aún es el subtítulo de la obra: «Diálogos curiosos entre un filósofo agudo, un mercader discreto y un accionista erudito», cualidades que ya nos gustaría que concurrieran en los filósofos, empresarios y accionistas de la actualidad, entre otros.

En este tiempo de confusión, ahondando en la doctrina del citado Marx, se sigue aludiendo por muchos a la lucha de clases. Se parece ignorar que la lucha de clases se inserta en una época que ya ha quedado amortizada, la de la sociedad industrial.

Desde hace ya varias décadas, con la consolidación de ese estado de bienestar que ahora estamos haciendo menguar, nos hallamos inmersos en Occidente en la sociedad postindustrial o postmoderna, en la que se huye de la racionalidad, la eficiencia económica y la autoridad burocrática en beneficio de otros valores más humanos, como son el pleno desarrollo de la personalidad o la mayor calidad de vida y medioambiental.

Paradójicamente, indagan en estos nuevos valores las generaciones que mejor han tenido cubiertas sus necesidades materiales a lo largo de toda su existencia, tanto que ni siquiera se han planteado el origen de tanto bienestar.

Sólo así se comprende que sea recurrente el argumento de que la Unión Europea no se preocupa de los genuinos intereses de los ciudadanos ni del medio ambiente. Y puede que, parcialmente, sea cierto, pero es que cuando el sueño de una Europa unida arrancó en 1951 para gestionar la producción atómica, la del carbón y la del acero, a lo que en 1957 se añadió la creación del mercado común, la pesadilla de la Segunda Guerra Mundial y sus sesenta millones de muertos estaba aún muy reciente. No será hasta Maastricht, en 1992, cuando nacen la Unión Europea y el concepto de ciudadanía europea, prestando las instituciones europeas a partir de entonces mayor atención a los ciudadanos y a sus inquietudes menos materiales.

Los valores postmaterialistas también han servido para superar la tradicional distinción entre izquierda y derecha. Los partidos políticos se esfuerzan ahora por centrarse, pues ahí está el mayor caladero de votos.

Es otro hecho constatado que hoy día ser propietario de los medios de producción no es sinónimo del ejercicio de altas cotas de poder, por la circunstancia de que en las grandes corporaciones empresariales la tenencia de acciones está muy atomizada entre pequeños inversores, o bien quienes detentan grandes o medianos paquetes accionariales lo hacen únicamente con un fin de inversión, desconectado de toda pretensión de ejercer los derechos de gestión que la legislación les brinda. Quien manda hoy de veras es la clase corporativa, esa que sin poseer medios de producción gestiona y dirige las grandes empresas, a veces tras haber transitado previamente por lo público.

Después de todo, puede ser que nuestra Constitución no esté tan mal, pues si a un ponente se le ocurrió reconocer la iniciativa privada en el ámbito empresarial, otro apostilló más adelante el reconocimiento de la iniciativa pública en la actividad económica. Son fórmulas desfasadas, propias del siglo pasado, a ver si a alguien se le ocurre algo nuevo y empezamos a salir del lodazal.

(Publicado en el diario Málaga Hoy, 2 de junio de 2012).

lunes, 16 de marzo de 2015

Construyendo Europa por el tejado

Se afirma con frecuencia que la Unión Europea, como ya se ha hecho notar, es un «gigante económico pero es un enano político», lo que por simple no deja de poner de relieve la asimetría existente entre una economía real cada vez más integrada y la fragmentación del poder político.

Las bases políticas sobre las que se asienta este gigante económico son frágiles y quedan atenazadas por un persistente incumplimiento de las reglas básicas de funcionamiento. Piénsese, por ejemplo, en la reiterada contravención del Pacto de Estabilidad y Crecimiento por parte de, nada menos, que Francia y Alemania, entre otros muchos Estados (Bélgica, Holanda, Austria, etcétera).

En el cuadro siguiente, tomado de BBVA Research (2012), se observa el incumplimiento del PEC en perspectiva histórica (1999-2011):


Durante los últimos años, el destino de la Unión Europea se ha parecido forjar a través de los dictados de las incesantes declaraciones procedentes no ya de las instituciones europeas sino de representantes individuales de los Estados Miembros, que se han arrogado competencias de las que carecían por completo, o de lo manifestado por ciertas organizaciones mundiales (FMI y OCDE, por ejemplo). 

Hasta una institución diseñada para otros propósitos, como es el Banco Central Europeo, ha asumido un rol político alejado claramente de su naturaleza y funciones.

Todo esto nos hace reflexionar acerca de la validez del lema de la Unión Europea, «unidad en la diversidad», y que, más que nunca, cobre vigencia la célebre duda concretada en la pregunta «¿a quién llamo si quiero hablar con Europa?», atribuida a  Henry Kissinger.

Desde el prisma de la Unión Económica y Monetaria (UEM), esta ha adolecido de graves carencias institucionales. Durante la etapa de expansión económica que acompañó la entrada en funcionamiento de la moneda única europea, tales deficiencias quedaron disimuladas, pero la persistencia de la crisis ha mostrado las grietas del entramado de la integración monetaria europea.

El marco institucional de la Unión Europea es ciertamente complejo, con la existencia de 28 Estados miembros, de los que 19 comparten moneda común, y con el triple vértice de poder institucional Consejo-Comisión-Parlamento, en el que los ciudadanos de los 28, a pesar de los notables avances experimentados en el proceso legislativo («trilogue»), de control presupuestario o sobre el «ejecutivo europeo», todavía no tienen mucho que decir frente a los preeminentes Jefes de Estado y de Gobierno y los técnicos de la Comisión.

Pero, seamos realistas, si pretendemos que este gigante dé pasos decididos con celeridad para responder casi en tiempo real, como exige la nueva época,  a los retos económicos de un mundo globalizado, el componente de legitimidad democrática ha de ser parcialmente sacrificado en beneficio de la respuesta rápida y eficaz, económicamente viable y suficiente.

Quizá uno de los principales retos del futuro, en tanto no se consolide una estructura auténticamente centralizada y federal, respetuosa con la diversidad, sea el de alcanzar este equilibrio entre lo político y lo económico, sin perder nunca de vista a los ciudadanos, como base y fin de este proyecto de convivencia.

Mientras tanto, nos parece que el marco institucional de la Unión Europea es el menos malo de los posibles, y que, precisamente, la estructura política, que ya está desplegada en gran medida, se consolidará si la auténtica Unión Económica, de la que la Bancaria no es más que una parte, llega pronto a buen puerto.

Dicho de otra forma, estamos construyendo la casa por el tejado, pero Europa, compelida por la Historia y por sus circunstancias, tiene que erigirse así.

domingo, 8 de febrero de 2015

Grecia en quiebra

En 2012, coincidiendo con el segundo rescate a Grecia, a la par que «El minotauro global» de Yanis Varoufakis comenzaba a ganar notoriedad, escribí esta columna en el diario Málaga Hoy junto con Rafael Muñoz Zayas

Dada su vigencia, la reproduzco:

«Tranquiliza pensar que nadie puede desligar sus valoraciones de sus experiencias vitales en ningún momento de su existencia, y que no es menos cierto que lo que nos conforma como sociedad y como personas es la suma de nuestra propia historia y la de la historia a la que pertenecemos. Sentada esta premisa, el núcleo del pensamiento occidental, guste o no, está alimentado por la cultura helenística, y las luces de entonces nos siguen iluminando 2.400 años más tarde, tamizada por la dominación romana y con la gran reinterpretación del Renacimiento italiano que nos acercó a su concepción del hombre y su tragedia. Sin duda, es la misma concepción del hybris griego la que hoy día avanza implacable hacia nosotros en forma de abismo financiero, de la misma manera que para Enzensberger el iceberg avanza implacable hacia el pasaje del Titanic.

Dudamos mucho que en las negociaciones previas a la quita por importe de 100.000 millones de euros de la deuda soberana griega acordada hace varias semanas se haya realizado valoración alguna, por situar las cosas en su contexto, de la deuda que Europa mantiene con Grecia, empezando por su misma denominación (con origen en el mito del rapto de Europa por Zeus), la cual es simplemente incalculable e inestimable. El saldo, en una hipotética compensación de deudas, sería claramente favorable a Grecia pero, desgraciadamente, las deudas culturales son más difíciles de cuantificar que las financieras, y ya hay algo trágico en la simple contemplación de esta realidad.

Es seguro que el pánico al riesgo sistémico, a la posibilidad de contagio a las economías de otros países, ha sido considerado más relevante que el riesgo de perder la propia identidad o la propia vida: en los últimos días la tragedia de un país que ha marcado la historia de la cultura occidental cobra aún mayor dramatismo por el suicidio de uno de sus ciudadanos que reclama una patria alzada en armas, como si de un libro de poemas de Peveroni se tratara, mientras pone fin a su vida para tratar de escapar de la pobreza extrema a la que se ha visto abocado.

De todas formas, si entre los lectores hay tenedores de deuda soberana griega, incluso algún afortunado inversor en bonos griegos por medio de fondos de alto riesgo, la preocupación debe ser relativa, pues la erosión del valor de los bonos no será tan sustancial si añadimos las rentabilidades obtenidas en los últimos meses. Ya se sabe, a mayor rentabilidad más riesgo, y con una rentabilidad desorbitada, el riesgo del default griego no estaba, ni mucho menos, descartado. O sea, que si al valor de los bonos le agregamos una rentabilidad bastante elevada, resulta que, finalmente, queda lo comido por lo servido.

Grecia e Italia, que sintetizan lo clásico y su retorno renacentista, se han visto forzadas a sustituir a sus primeros ministros por los llamados tecnócratas, Papadimos y Monti, respectivamente, sin contar con la validación del electorado. España, un país más barroco, sigue la senda del hidalgo empobrecido que ha de contentar a los mercados aunque le pese, mediante un gobierno que sí ha logrado en las urnas cierto beneplácito para imponer reformas que lo harán impopular y que, a poco que falle nuestra memoria, harán de lo malo lo mejor.

Pero no nos engañemos, de la doctrina clásica de la democracia directa ateniense queda poco en pie hoy día, pues difícilmente tiene encaje en nuestras sociedades posindustriales. Schumpeter nos mostró razonablemente cómo la participación ciudadana en las democracias modernas se limita, en esencia, a elegir entre, al menos, dos partidos políticos en liza, de modo que los votantes tengan la opción de desalojar del poder al partido vencedor en las siguientes elecciones, quedando así salvada la amenaza de la tiranía, aunque no podemos olvidar a Pío Baroja que tildaba nuestras democracias actuales de dictadura del número, no sin cierta razón.

Mas se deben extremar las precauciones, pues bajo la necesidad del imperioso cambio para mejorar las condiciones económicas, y hasta la propia subsistencia, el ser o el no ser, se corre el riesgo de un retorno a tesis paternalistas rayanas al ya superado despotismo ilustrado (todo por el pueblo pero sin el pueblo), que no sabemos por qué derrotero nos conducirían.

Grecia, como Estado, puede quebrar, no sería ni el primero ni el último agente económico que lo hace. Lo que en ningún caso sería admisible es la quiebra de los valores que hemos heredado del pensamiento de este viejo país, ni la perversión de que sea una economía mal entendida, sometida a no se sabe qué principios, la que subyugue a la política: el orden es, justamente, el inverso. Hagamos posible que este orden no caiga, fortalezcamos las instituciones, construyamos una sociedad civil capaz, hagamos democracia real de cada uno de nuestros actos y, sobre todo, no seamos cómplices de un sistema que conduce a más de once millones de conciudadanos a la pobreza o a la exclusión social y que hacen de nuestro modelo de convivencia un coloso en llamas».