«Faber est suae quisque fortunae»

(Apio Claudio)

«Hinc tibi certandi bona parcendique uoluptas:

quos timuit superat, quos superauit amat»

(Rutilio Namaciano)

Mostrando entradas con la etiqueta Literatura. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Literatura. Mostrar todas las entradas

jueves, 18 de agosto de 2016

La adquisición de la propiedad y de otros derechos reales: una usucapión singular

La colmena (Camilo José Cela)
 
«Don Ibrahim de Ostolaza y Borafull se encaró con el espejo, levantó la cabeza, se acarició la barba y exclamó:

—Señores académicos: No quisiera distraer vuestra atención más tiempo, etc., etc. (Sí, esto sale bordado… La cabeza en arrogante ademán… Hay que tener cuidado con los puños, a veces asoman demasiado, parece como si fueran a salir volando).

Don Ibrahim encendió la pipa y se puso a pasear por la habitación, para arriba y para abajo. Con una mano sobre el respaldo de la silla y con la otra con la pipa en alto, como el rollito que suelen tener los señores de las estatuas, continúo:

—¿Cómo admitir, como quiere el señor Clemente de Diego, que la usucapión sea el modo de adquirir derechos por el ejercicio de los mismos? Salta a la vista la escasa consistencia del argumento, señores académicos. Perdóneseme la insistencia y permítaseme que vuelva, una vez más, a mi ya vieja invocación a la lógica; nada, sin ella, es posible en el mundo de las ideas. (Aquí, seguramente, habrá murmuros de aprobación.) ¿No es evidente, ilustre senado, que para usar algo hay que poseerlo? En vuestros ojos adivino que pensáis que sí. (A lo mejor, uno del público dice en voz baja: “Evidente, evidente.”) Luego si para usar algo hay que poseerlo, podremos, volviendo la oración por pasiva, asegurar que nada puede ser usado sin una previa posesión.

Don Ibrahim adelantó un pie hacia las candilejas y acarició, con un gesto elegante, las solapas de su batín. Bien: de su frac. Después sonrió.

—Pues bien, señores académicos: así como para usar algo hay que poseerlo, para poseer algo hay que adquirirlo. Nada importa a título de qué; yo he dicho, tan sólo, que hay que adquirirlo, ya que nada, absolutamente nada, puede ser poseído sin una previa adquisición. (Quizá me interrumpan los aplausos. Conviene estar preparado.)»

La diferencia entre símbolo y signo: el rey y el emperador como jefes de Estado

Artículo 56, apartado 1, de la Constitución española

«El Rey es el Jefe del Estado, SÍMBOLO de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes».

Sputnik, mi amor (Haruki Murakami)

«—Pues sí. Tenía que decirte una cosa. Por eso llamo —contestó Sumire. Carraspeó ligeramente—. Vamos allá. ¿Cuál es la diferencia entre “signo” y “símbolo”?

Tuve una extraña sensación, como su una larga hilera de objetos indeterminados se cruzara por mi cabeza. —Podrías repetirme la pregunta?

Me la repitió.

—¿Cuál es la diferencia entre “signo” y “símbolo”?

Me incorporé en la cama y me pasé el auricular de la mano izquierda a la derecha.

—Es decir, que me has llamado porque quieres saber la diferencia entre “signo” y “símbolo”. Un domingo de madrugada antes del amanecer. ¡Vaya!

—A las cuatro y cuarto de la madrugada —dijo—. No me lo podía quitar de la cabeza. ¿Cuál debe ser la diferencia entre “signo” y “símbolo”? Alguien me lo pregunto hace días y lo había olvidado por completo, pero hoy, mientras me desnudaba para meterme en la cama, me ha venido a la cabeza. Y me ha desvelado. ¿Puedes explicármela tú? ¿La diferencia entre “signo” y “símbolo”?

—A ver —dije contemplando el techo. Explicarle a Sumire algo con lógica, incluso cando yo lo tenía clarísimo, no era tarea fácil—. El emperador es el símbolo de Japón. ¿De acuerdo?

—Pues más o menos —dijo ella.

—Nada de más o menos. Esto es lo que dice la Constitución japonesa —dije armándome de paciencia—. Podrás poner objeciones o tener dudas al respecto, pero si no lo tomas como un hecho, mi razonamiento no puede avanzar.

—De acuerdo. Lo acepto.

—Gracias. Repito: el emperador es el símbolo de Japón. Pero esto no significa que Japón y el emperador sean equivalentes. ¿Me sigues?

—No.

—Es decir, que la flecha apunta en una sola dirección. El emperador es el símbolo de Japón, pero Japón no es símbolo del emperador. ¿Lo entiendes, verdad?

—Creo que sí.

—Pero si, por ejemplo, pusiera: “El emperador es el signo de Japón”, ambos serían equivalentes. Es decir, que cuando nombráramos a Japón nos referiríamos al emperador, y cuando nombráramos al emperador nos referiríamos a Japón. Se puede añadir, incluso, que ambos serián intercambiables: a=b es lo mismo que b=a. En cuatro palabras, esto es lo que significa “signo”.

—O sea, que tú estás hablando de intercambiar el emperador con Japón. ¿Es posible eso?

—No es eso. No. —Sacudí enérgicamente la cabeza—. Sólo pretendía explicarte de manera fácil de entender la diferencia entre “símbolo” y “signo”. No tenía ninguna intención de intercambiar el emperador con Japón. Era sólo una forma de explicártelo.

—Hum —dijo Sumire—. Pero creo que lo he entendido. Como imagen. En fin, me parece que es una cuestión de sentido único o doble sentido, ¿no?

—Un especialista quizás te lo explicara con mayor exactitud. Pero definiéndolo de una manera simple viene a ser eso.

—Siempre me ha admirado lo bien que explicas las cosas».