De Carlos Morales,
C.J., El precio del dinero dinástico:
endeudamiento y crisis financieras en la España de los Austrias, 1557-1647,
vol. 1, Estudios de Historia Económica, nº 70, Banco de España, 2016, págs. 59
y 60.
«Al fin, durante 1583
llegaron las respuestas dadas al pedimento de 9 de abril del año anterior por
diversos mercaderes, hombres de negocios y otras personas relacionadas con los
tráfagos comerciales y financieros. Todos coincidían en que el futuro no pasaba
por restricciones o imposiciones, sino por la libertad de contratación y el
reconocimiento de la posición de Madrid como centro financiero. Así, Joan
Xelder sugería que se mantuvieran las ferias de mayo y octubre de Medina del
Campo y se hiciera una más «en Madrid o donde residiere la corte, porque de
ordinario ha auido y ay y se entiende que avrá en la corte el mayor curso de negoçiantes
y aun de caudales».
A la postre, la opinión
determinante en el ánimo de Felipe II fue emitida en memorial el 19 de abril
por Hernán López del Campo y Pedro Luis de Torregrosa, expertos en la materia,
a la que se ajustó la real cédula firmada por Felipe II en Madrid el 7 de julio
de 1583. Las ferias de mayo y octubre se dividieron en tres, sin prórrogas ni
dilaciones, a celebrar entre el 1 de febrero y el 5 de marzo, el 1 de junio y
el 3 de julio, y el 1 de octubre y el 3 de noviembre, para mayor
correspondencia con Amberes, Lyon y Besanzón; los bancos que operaran en ellas
y en la Corte deberían tener licencia del Consejo de Hacienda previo depósito
de fianza, y estaban obligados a concurrir a Medina en los períodos señalados, así
como los corredores de cambio; finalmente, se derogaban de forma explícita las
órdenes de 1571 y 1578, y se permitían los giros y cambios exteriores para
cualquier lugar de la Corona de Castilla, siempre y cuando no coincidieran con
las fechas de celebración de las ferias medinenses; explícitamente, también
parece que se derogaban las prohibiciones de cambios interiores de 1551-1557.
Hubo, entretanto,
cambios en los circuitos financieros europeos. Tal y como hemos indicado, los
asientos firmados desde 1578 excusaron las ferias de Medina del Campo como
centro de pago y cambio y, correlativamente, durante la siguiente década se
ampliaron dos mecanismos de transferencia de dinero que ya se habían empleado
previamente: uno, en plata de contado llegada de las Indias o recaudada en
Castilla, transportada por recuas de mulas hasta Cartagena, Alicante y Barcelona,
desde donde pequeñas agrupaciones de galeras partían hacia Italia para al fin
llevar el numerario al castillo de Milán; otro, con epicentro en las ferias de
Besanzón, que en 1579 se habían desplazado a Piacenza, y que actuaba como
centro de distribución y balance de las letras que se negociaban y se hacían
efectivas en las diversas ferias y plazas de cambio europeas. Ambos
procedimientos se complementaban: si el metal precioso tardaba unos cuatro
meses en llegar de Sevilla a Flandes, las letras de cambio lo hacían en dos o
tres semanas, y vencían generalmente a los treinta días. Así pues, a partir de
1583, en este circuito financiero los convenios contratados por Farnesio y
efectuados en Amberes eran satisfechos con los fondos llegados al castillo de
Milán o con las libranzas giradas sobre las ferias de Besanzon-Piacenza,
respaldadas por un asiento avalado por la Hacienda Real de Castilla. En
contrapartida, los asentistas, generalmente contratando en consorcios, exigían
que la devolución en Castilla fuera casi tan inmediata como los adelantos que
efectuaban.
La ausencia de la
Tesorería General de las reuniones de Medina del Campo, pues desde 1578
renunció a efectuar sus pagos en sus ferias, así como el surgimiento de un nuevo
centro de contratación, cambio y pago en la Corte madrileña, significó su
declive como centro financiero, pero permitió que sus ferias recuperan su ritmo
de contratación mercantil sin sobresaltos hasta finales de siglo; ciertamente,
con un volumen de negocios bastante inferior, y cada vez más separadas de los
circuitos internacionales. Sin embargo, durante la última década del siglo XVI
las ferias de Medina del Campo iniciaron una etapa de decaimiento que se
prolongó lentamente hasta su desaparición definitiva en la primera década del
siglo XVIII. Trasladadas transitoriamente a Burgos entre 1601 y 1604, tras ser
restablecidas en Medina, el ordenamiento ferial repartió la celebración de las
sesiones en cuatro períodos de veinticinco días de los meses de marzo, junio, septiembre
y diciembre. De este modo, se intentaba una mejor adaptación a la llegada de la
flota de Indias y a la de los grandes cargamentos de lana, y también al
calendario ferial de las plazas europeas. Pero estas medidas apenas
consiguieron retardar su decadencia».
Para profundizar en la materia, véase «Economía y finanzas en el siglo XVI: la visión de Ramón Carande en Carlos V y sus banqueros».
No hay comentarios:
Publicar un comentario