«Faber est suae quisque fortunae»

(Apio Claudio)

«Hinc tibi certandi bona parcendique uoluptas:

quos timuit superat, quos superauit amat»

(Rutilio Namaciano)

domingo, 21 de agosto de 2016

Auge y declive de los centros mercantiles y financieros: el caso de Medina del Campo

De Carlos Morales, C.J., El precio del dinero dinástico: endeudamiento y crisis financieras en la España de los Austrias, 1557-1647, vol. 1, Estudios de Historia Económica, nº 70, Banco de España, 2016, págs. 59 y 60.

«Al fin, durante 1583 llegaron las respuestas dadas al pedimento de 9 de abril del año anterior por diversos mercaderes, hombres de negocios y otras personas relacionadas con los tráfagos comerciales y financieros. Todos coincidían en que el futuro no pasaba por restricciones o imposiciones, sino por la libertad de contratación y el reconocimiento de la posición de Madrid como centro financiero. Así, Joan Xelder sugería que se mantuvieran las ferias de mayo y octubre de Medina del Campo y se hiciera una más «en Madrid o donde residiere la corte, porque de ordinario ha auido y ay y se entiende que avrá en la corte el mayor curso de negoçiantes y aun de caudales».

A la postre, la opinión determinante en el ánimo de Felipe II fue emitida en memorial el 19 de abril por Hernán López del Campo y Pedro Luis de Torregrosa, expertos en la materia, a la que se ajustó la real cédula firmada por Felipe II en Madrid el 7 de julio de 1583. Las ferias de mayo y octubre se dividieron en tres, sin prórrogas ni dilaciones, a celebrar entre el 1 de febrero y el 5 de marzo, el 1 de junio y el 3 de julio, y el 1 de octubre y el 3 de noviembre, para mayor correspondencia con Amberes, Lyon y Besanzón; los bancos que operaran en ellas y en la Corte deberían tener licencia del Consejo de Hacienda previo depósito de fianza, y estaban obligados a concurrir a Medina en los períodos señalados, así como los corredores de cambio; finalmente, se derogaban de forma explícita las órdenes de 1571 y 1578, y se permitían los giros y cambios exteriores para cualquier lugar de la Corona de Castilla, siempre y cuando no coincidieran con las fechas de celebración de las ferias medinenses; explícitamente, también parece que se derogaban las prohibiciones de cambios interiores de 1551-1557.

Hubo, entretanto, cambios en los circuitos financieros europeos. Tal y como hemos indicado, los asientos firmados desde 1578 excusaron las ferias de Medina del Campo como centro de pago y cambio y, correlativamente, durante la siguiente década se ampliaron dos mecanismos de transferencia de dinero que ya se habían empleado previamente: uno, en plata de contado llegada de las Indias o recaudada en Castilla, transportada por recuas de mulas hasta Cartagena, Alicante y Barcelona, desde donde pequeñas agrupaciones de galeras partían hacia Italia para al fin llevar el numerario al castillo de Milán; otro, con epicentro en las ferias de Besanzón, que en 1579 se habían desplazado a Piacenza, y que actuaba como centro de distribución y balance de las letras que se negociaban y se hacían efectivas en las diversas ferias y plazas de cambio europeas. Ambos procedimientos se complementaban: si el metal precioso tardaba unos cuatro meses en llegar de Sevilla a Flandes, las letras de cambio lo hacían en dos o tres semanas, y vencían generalmente a los treinta días. Así pues, a partir de 1583, en este circuito financiero los convenios contratados por Farnesio y efectuados en Amberes eran satisfechos con los fondos llegados al castillo de Milán o con las libranzas giradas sobre las ferias de Besanzon-Piacenza, respaldadas por un asiento avalado por la Hacienda Real de Castilla. En contrapartida, los asentistas, generalmente contratando en consorcios, exigían que la devolución en Castilla fuera casi tan inmediata como los adelantos que efectuaban.

La ausencia de la Tesorería General de las reuniones de Medina del Campo, pues desde 1578 renunció a efectuar sus pagos en sus ferias, así como el surgimiento de un nuevo centro de contratación, cambio y pago en la Corte madrileña, significó su declive como centro financiero, pero permitió que sus ferias recuperan su ritmo de contratación mercantil sin sobresaltos hasta finales de siglo; ciertamente, con un volumen de negocios bastante inferior, y cada vez más separadas de los circuitos internacionales. Sin embargo, durante la última década del siglo XVI las ferias de Medina del Campo iniciaron una etapa de decaimiento que se prolongó lentamente hasta su desaparición definitiva en la primera década del siglo XVIII. Trasladadas transitoriamente a Burgos entre 1601 y 1604, tras ser restablecidas en Medina, el ordenamiento ferial repartió la celebración de las sesiones en cuatro períodos de veinticinco días de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. De este modo, se intentaba una mejor adaptación a la llegada de la flota de Indias y a la de los grandes cargamentos de lana, y también al calendario ferial de las plazas europeas. Pero estas medidas apenas consiguieron retardar su decadencia».

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